El porcentaje del impuesto sobre la renta lo establece la ley nacional, pero las regiones autónomas tienen derecho a fijar sus propias tasas y deducciones, lo que puede dar lugar a diferencias impositivas entre regiones. Además, algunos territorios tienen regímenes fiscales especiales y tienen sus propias diferencias en el impuesto sobre la renta (“tramos regionales”).
Por ejemplo, las rentas que se perciben en Ceuta y Melilla tienen su propio régimen individual, pero en el País Vasco y Navarra se implementa un régimen excepcional especial.